Cuando la compañía de seguro no cubre los daños tras sufrir un accidente de tráfico:

 

1. Conducir sin puntos en el carnet

El Artículo 384 del Código Penal advierte: “el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días”. Además, en caso de tener retirado el permiso de conducir y ser culpable de un accidente de tráfico, deberá asumir los costes de los daños materiales y personales derivados del siniestro.

2. Sufrir un accidente sin ITV

Si se produjera un accidente de tráfico en el que el vehículo culpable no tiene al día la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), el seguro de este no se hará cargo de los costes y, por tanto, el conductor será el responsable directo y todo correría de su cuenta.

3. Accidente de tráfico en vías no aptas

Cuando contratamos una póliza de seguro es de vital importancia leer bien la letra pequeña, asegurarnos de las coberturas incluidas y sobre todo si tenemos cubiertos los daños de un siniestro producido en una vía no apta para la circulación. Generalmente, este supuesto queda excluido de los seguros, por lo que además supondría no recibir asistencia en carretera.

4. Accidente de tráfico bajo los efectos del alcohol

Las pólizas suelen excluir la cobertura de daños en caso de producirse un accidente bajo los efectos del alcohol. Además del coste económico que supondría, el responsable se enfrentaría a un delito contra la seguridad vial.

5. Sufrir un accidente contra un familiar

Esta es una de las situaciones más confusas en las que las compañías de seguro se ven envueltas. De hecho, algunas aseguradoras excluyen la cobertura de los accidentes contra vehículos de familiares directos (padres, hijos, abuelos, sobrinos y tíos) de sus pólizas, según dicen, para evitar fraudes.

6. Hijos menores de 25 años no incluidos en póliza

No tener a los hijos menores de 25 años incluido en póliza puede suponer un problema si el joven sufre un accidente de tráfico. Este supuesto se trata de las exclusiones más habituales de las aseguradoras. Cabe decir que, si el hijo es mayor de 25 años y tiene más de dos años de carnet, por lo general el seguro se haría cargo de los costes del siniestro.

7. Superar el número de ocupantes legal

Esta es otra de las situaciones en la que la cobertura del seguro no tendría cabida. Y es que, si en el coche viajan más ocupantes de los que legalmente están permitidos, el seguro no se hará responsable del coste de los daños sufridos tras un accidente. En estos casos, además de asumir los gastos derivados del accidente de tráfico, el conductor se enfrenta a una multa y a la pérdida de puntos del carnet.

8. El tuning no homologado está excluido de las pólizas

Si no se comunica los cambios que se realizan al vehículo, en caso de siniestro, el seguro no indemnizará los daños en caso de accidente de tráfico. Sí se hará cargo de cubrir los daños a terceros implicados en el accidente, pero no pagará por los daños sufridos en esas piezas tuning no declaradas.

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