La oferta motivada suele perjudicar a las víctimas y ponen trabas a la hora de percibir la indemnización justa que les corresponde.

Las ofertas motivadas que reciben las víctimas de accidentes por parte de las compañías aseguradoras no se inclinan hacia los intereses de la persona perjudicada, sino todo lo contrario.

La oferta motivada de indemnización que presenta la compañía de seguro responsable del siniestro debe contener una propuesta en consonancia a los daños en las víctimas y los bienes. Debe basarse de forma rigurosa en los informes médicos y valoraciones de daños de forma objetiva, algo que quizás  pasen por alto a favor de sus intereses económicos.

Esta oferta, como decimos, debe cuantificar de forma precisa y detallada la indemnización que se oferta a la víctima, de esta forma podrá percibirse si la valoración es justa o debería ser rechazada de forma tajante. Tristemente, las compañías aseguradoras velan por sus propios intereses y las ofertas motivadas no llegan incluso, ni a presentarse de forma oficial ni por escrito a las víctimas de accidentes. En la mayoría de ocasiones, las aseguradoras buscan la alternativa de que la aceptación de la oferta sea rápida y la víctima no pueda plantearse su rechazo. De hecho, suelen utilizar comunicaciones telefónicas para ofrecer una cantidad ridícula al lesionado de una forma poco profesional, sin argumentos y fuera de cumplir con la normativa que les exige su presentación por escrito, junto al informe del medico perito en el que se han basado para calcular el importe ofrecido.

Es muy importante tener claro que las compañías de seguro, de acuerdo a la Ley y conforme al sistema de valoración de daños y perjuicios, están obligadas a presentar la oferta motivada de forma detallada y valorando cada uno de los puntos a tener en cuenta a la hora de calcular la cuantía final ofertada.

De ahí la importancia de que, tanto víctimas de accidentes como familiares, puedan contar con la ayuda profesional de un abogado experto en accidentes de tráfico que le guíe y ponga remedio a las prácticas abusivas que puedan llevar a cabo las compañías aseguradoras a favor de su propio beneficio.

Recuerde:

  • Si la oferta no es detallada puede exigirse que la envíen por escrito antes de tomar una decisión precipitada.
  • La compañía de seguro no puede negarse a enviar los informes médicos bajo ningún concepto, ya que pertenecen a la víctima.
  • Es importante comprobar que la oferta motivada se ha calculado de forma objetiva y teniendo en cuenta todos los informes periciales, datos, facturas existentes e indicadores específicos conforme al sistema de valoración de daños.
  • La aseguradora tiene que presentar la oferta motivada en un plazo máximo de tres meses tras la reclamación, en caso de no ser así se tendrán en cuenta los intereses de demora.
  • Se debe dejar constancia de que el pago de la cantidad ofertada no condiciona a la renuncia de poder llevar a cabo futuras acciones judiciales, en caso de que la indemnización recibida sea inferior a lo que le correspondería a la víctima.

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