El adelanto de las elecciones interfiere en el proyecto de reforma de la DGT.
Tráfico advierte que el carnet por puntos establecido desde 2007, a pesar haber contribuido a mejorar la seguridad vial, debe ser actualizado y readaptado a la realidad.
La DGT ya había desarrollado un anteproyecto con medidas para reformar la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial pero ha quedado en el aire debido a la anticipación de las elecciones generales y que ya se hace casi imposible de que pueda ver la luz.
Entre las modificaciones, unas de las más importantes eran las de quitar seis puntos a los conductores que circulen hablando con el móvil sin manos libres y cuatro puntos para quienes no lleven puesto el cinturón de seguridad, el caso o la sillita infantil.
La única ley que ha quedado establecida desde el pasado 29 de enero es la de igualar a 90km/h el límite de velocidad para coches, motos y autobuses en carreteras convencionales.
A la espera de los resultados, la Ley de Tráfico incluye 25 sanciones penadas con la retirada de tres o más puntos del carnet:
Retirada de 6 puntos del carnet
1. Conducir con consumo de drogas.
2. Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,50mg/l (para profesionales o conductores noveles baja a 30mg/l).
3. Negarse a realizar la prueba de alcoholemia o estupefacientes.
4. Conducir de forma temeraria poniendo en riesgo al resto de personas.
5. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción es decir, hay que respetar los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
6. Tener instalados inhibidores de radares u otros sistemas que interfieran en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico.
7. Utilizar elementos que alteren el funcionamiento del uso del limitador de velocidad.
Retirada de 4 puntos del carnet
8. Conducir con una tasa de alcohol de entre 0,25mg/l y 0,50mg/l (para profesionales o conductores noveles desciende a 0,15mg/l y 0,30mg/l).
9. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso del vehículo.
10. Conducir un vehículo con una licencia que no le habilite para ello.
11. Circular por autopistas o autovías con vehículos que lo tengan expresamente prohibido.
12. Realizar en autovías o autopistas la maniobra de marcha atrás.
13. Circular un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% más el número de plazas autorizadas.
14. Conducir de forma negligente poniendo en riesgo relevante a los demás conductores.
15. Arrojar o tirar a la vía o proximidades objetos que puedan producir un incendio, accidente u obstaculizar la circulación.
16. No mantener la distancia de seguridad adecuada con el vehículo de delante.
17. Incumplir las normas de adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a los demás usuarios de la vía que circulen en sentido contrario. Igualmente, no se puede realizar un adelantamiento en circunstancias de visibilidad reducida.
18. Respetar las señales y ordenes de los agentes de la autoridad.
19. incumplir las normas de prioridad de paso, STOP o semáforos en rojo.
20. Aumentar la velocidad o realizar maniobras que impidan el adelantamiento del conductor del vehículo que va a ser adelantado.
21. Adelantar poniendo en peligro y obstruyendo a ciclistas.
Retirada de 3 puntos del carnet
22. No hacer uso del cinturón de seguridad, casos, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección obligatoria.
23. Hacer un cambio de sentido incumpliendo las normas establecidas por ley.
24. Conducir utilizando el teléfono móvil, programando el navegador y usando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención.
25. Circular con vehículos que usen mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
Tráfico, además sigue trabajando en bajar el límite de velocidad a 30km/h en la mayoría de calles y regular los patinetes eléctricos a una velocidad máxima de 25km/h por la calzada.