Posibles indemnizaciones a víctimas de accidentes de tráfico.

Las indemnizaciones por accidentes de trafico son concedidas por secuelas, lesiones o en el fatal caso de fallecimiento de la víctima.

Podemos enumerar las secuelas por accidentes de tráfico en tres grupos: indemnización por secuelas permanente, indemnización por secuelas temporales o indemnización por fallecimiento.

INDEMNIZACIÓN POR SECUELAS PERMANENTES
Serán indemnizados los perjuicios y daños ocasionados a causa del accidente de tráfico, más los gastos de la asistencia médica requerida.

INDEMNIZACIÓN POR SECUELAS TEMPORALES
Dentro de este tipo de indemnizaciones por accidentes de tráfico se encuentran las siguientes:

  • Perjuicio personal básico:
    Perjuicio que soporta la víctima desde que se produce el accidente de tráfico hasta el final del proceso de estabilización de lesiones.Podríamos decir que el perjuicio personal básico es asimilado a la baja médica, donde se puede estar recibiendo tratamientos y trabajando hasta la estabilización de lesiones incluyendo también los perjuicios morales. Esto es lo que se llama “día no impeditivo”.
  • Perjuicio personal particular:
    En este tipo de perjuicio se considera que se ha perdido temporalmente calidad de vida de la víctima. Incluye indemnizaciones por perjuicio básico y se divide en:
  1. Muy Grave (UCI)
  2. Graves (Hospitalización)
  3. Moderado (pérdida temporal del desarrollo de sus actividades)

En el citado Dictamen 3/2016 se recoge literalmente: «existen cuatro niveles indemnizatorios: ingreso en UCI, día hospitalario, día impeditivo y día no impeditivo, constituyendo este último el perjuicio personal básico y los tres primeros el perjuicio personal particular«

  • Perjuicio patrimonial:
    Se distinguen entre:
  1. Daño emergente (gastos de asistencia sanitaria)
  2. Lucro cesante (pérdidas de ganancia de la víctima)

INDEMNIZACIÓN POR FALLECIMIENTO
En caso de un lamentable fallecimiento de la víctima, las indemnizaciones por accidentes de tráfico son recibidas por los familiares. Se distinguen entre perjuicio patrimonial básico o gastos razonables derivados del fallecimiento y gastos específicos que incluyen el traslado de la víctima, repatriación, entierro y funeral.

Recuerde: En caso de accidente es recomendable ponerse siempre en manos de un abogado experto en accidentes de tráfico que pueda guiarle en el recorrido de recuperación y cobro de la indemnización que por derecho le corresponde.

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